El Directorio del ERSeP ha emitido la Resolución General N° 46 y en la misma se establece que, a partir del día 01 de Diciembre de 2017 regirá plenamente la Ley de Seguridad Eléctrica N° 10.281. Por ello a partir de dicha fecha y a los fines del otorgamiento de todo servicio eléctrico deberá darse estricto cumplimiento a las previsiones de la referida Ley, resultando exigible la presentación de un “Certificado de Instalación Eléctrica Apta” emitido por “Instalador Electricista Habilitado”.
Asimismo, de resultar necesario, el ERSeP podrá considerar situaciones especiales a solicitud del usuario ante dicho organismo
En base a ello, las distribuidoras de Energía, están OBLIGADAS a cumplir con lo establecido en dicha Ley y para todas aquellas nuevas solicitudes del servicio de energía a partir del 01/12/2017, será exigible el correspondiente certificado.-