ATENCIÓN ASOCIADOS!!! MUY IMPORTANTE!!!

LEY DE SEGURIDAD ELÉCTRICA NRO.10.281

27/9/2017

Informamos a nuestros asociados que el Estado Provincial creó y promulgó la LEY DE SEGURIDAD ELÉCTRICA NRO.10.281 con el fin de lograr una mayor seguridad en todo tipo de inmuebles que posean suministros de energía y salvaguardar así la vida de las personas y sus bienes.

Los PRINCIPALES PUNTOS de ésta ley son:
1 – FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA: 01-09-17 

2 – A partir de la puesta en vigencia, La Cooperativa no podrá realizar ninguna conexión eléctrica sin la presentación del Certificado emitido por un Electricista Matriculado Habilitado por el Ersep. Esta medida se aplica para conexiones de todo tipo ya sean DOMICILIARIAS, RURALES, COMERCIALES, INDUSTRIALES, PARQUES, CIRCOS Y EVENTOS TRANSITORIOS.

3 – TODO asociado que necesite una nueva conexión eléctrica, deberá previamente llamar a un Electricista Matriculado Habilitado por el Ersep, cuyo nombres y datos están disponibles en la página del Ersep o se puede obtener el listado en la Cooperativa. Es importante tener en cuenta que existen tres categorías de Electricistas Matriculados: a) Idóneos: Que pueden habilitar solo casas de familia, b) Con estudios Técnicos que podrán habilitar hasta un comercio con consumo hasta 10kva y c)  Ingenieros que pueden habilitar hasta grandes empresas.

4 – En el caso de INMUEBLES DE ALQUILER; cada vez que un inquilino inicie el trámite para una conexión eléctrica deberá traer el CERTIFICADO HABILITANTE, por más que dicho  domicilio haya tenido el Certificado emitido hace poco tiempo. Al cambiar el contrato, se solicita nuevamente el Certificado.

5 – Para una conexión en un LOTE BALDÍO (próximo a una nueva construcción) deberá presentar el Certificado por Electricista Matriculado Habilitado por el Ersep , certificando las protecciones del pilar, etc y la otorgará por un año. Trascurrido el plazo, se volverá a solicitar el Certificado y si la obra no está terminada, se renovará el mismo por un año más y así sucesivamente hasta obtener el certificado definitivo.

6 – Los DOMICILIOS CON INSTALACIONES PRECARIAS QUE NO ESTEN APTOS PARA HABITARSE podrán recurrir al Ersep al Te. 800-888-6898 dónde se estudiará el caso y expedirá una resolución. La Cooperativa esperará recibir la resolución del ERSeP y en caso de ser apta procederá a ejecutar la conexión eléctrica solicitada.

7 – Para todos los inmuebles antiguos que posean energía eléctrica en forma anterior a la aplicación de la nueva ley, la COOPERATIVA exigirá un certificado de ”SEGURIDAD MÍNIMA”(Disyuntor diferencial, Llaves Térmicas , Puesta a tierra, etc.) expedido por un Electricista Matriculado Habilitado por el Ersep

8 - EDIFICIOS DE DEPARTAMENTOS:  Será necesario un Certificado General del Edificio y luego una Certificación por cada departamento

9 – Toda Certificación (exceptuando la de los terrenos baldíos) tienen validez por 2 años. 

10 - COOVILROS solicitará desde la entrada en vigencia de la Ley el Certificado expedido por  Electricista Matriculado Habilitado por el Ersep el cual será validado por medios electrónicos ante el ERSeP

11 – Ya se puede consultar el LISTADO DE MATRICULADOS en la página web del Ersep o solicitarlo en las oficinas de Atención al Asociado de COOVILROS de Lunes a Viernes de 7:00 a 13:00 hs.



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